Ecologistas en Acción, tras varios recursos contencioso-administrativos presentados contra la inactividad de Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible para la recuperación de diversos tramos objeto de usurpaciones y ocupaciones en vías pecuarias de Cádiz, ha obtenido sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Cádiz, condenando a la Consejería a la recuperación de la posesión de varias coladas en el municipio de Rota (Coladas de Los Charcos, de Cebollares y de Cobalengo).
El Juzgado Contencioso-Administrativo de Cádiz ha dictado sentencia ante la inactividad de la Administración autonómica frente a unas usurpaciones en dichas vías pecuarias, en concreto a la Delegación Territorial de Cádiz la tramitación y resolución de la recuperación de oficio de la posesión de los terrenos objeto de intrusión y usurpación.
La propia Delegación Territorial de Cádiz elaboró, a instancias de Ecologistas en Acción de Rota en el año 2015, un “Proyecto de adecuación y restauración paisajística de vías pecuarias en el municipio de Rota” en 2018, financiado con Fondos europeos por importe de unos 900.000 euros, con el objeto de conectar la Puerta Verde de Sanlúcar con la Vía Verde Entre Ríos. En el propio Proyecto técnico de Adecuación se recoge la usurpación existente de los terrenos por cultivos agrícolas; pero, sin embargo, la Consejería en todos estos años no ha tramitado los expedientes de recuperación de los terrenos que ahora el Juzgado le obliga a efectuar. La Delegación Territorial deberá actuar contra los propietarios colindantes a las vías pecuarias para que dejen libres los terrenos del dominio pecuario ocupado.
Existe esa permanente inactividad también respecto a otras vías pecuarias sobre las que Ecologistas en Acción ha instado su recuperación: Cañada Real de Lomopardo o de Medina, Cañada Real de Los Arquillos, Vereda de Patriste a Jimena, Cordel del Tiznado o la Cañada Real de Monte Algaida, Colada del Argamazón en el Parque Natural Sierra de Grazalema, Camino Alto de Prado del Rey a El Bosque, todas ellas ocupadas ilegalmente, sobre las cuales la propia Junta de Andalucía y otras administraciones han impulsado usos complementarios de estas vías pecuarias con la implantación y fomento de su uso como recorrido de cabalgada, cicloturismo y senderismo, tanto en el entorno del río Guadalete como en las rutas programadas como “Puertas Verdes”.
Como establece la Sentencia, la “condición de dominio público de las vías pecuarias deslindadas obliga a su mantenimiento y conservación, así como a la potestad de recuperar de oficio los terrenos indebidamente ocupados, como no sólo señala el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sino también los artículos 28 y 29 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y los artículos 21 y 111 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía”.
El Tribunal expresa de forma clara que “es una obligación de la Junta de Andalucía, que puede ser exigible por todos aquellos interesados, entre los que se encuentra la asociación Ecologistas en Acción, en defensa de un patrimonio público, sin que se pueda entender que se trata de una facultad discrecional, o que depende de la acción de gobierno, sino de un incumplimiento de normas legales y reglamentarias que genera responsabilidades y obligaciones, y que por tanto es revisable por esta jurisdicción.”